Toda la superficie comercializable de Galicia estará disponible en el censo de suelo emrpesarial gestionado por la Xunta

El Consello de la Xunta aprobó el decreto que regula este registro público, que será gestionado por el IGVS y que permitirá conocer el grado de ocupaciñón de las áreas empresariales existentes en Galicia
Deberá inscribirse en este censo todo el suelo empresarial actualmente disponible para su comercialilzación, así como el que se urbanice de forma inmediata y con independencia de quien sea su promotor o propietario
Los interesados podrán acceder a la información del Censo a través de la web del IGVS

El Consello da Xunta de Galicia aprobó hoy el decreto por lo que se regula el censo de suelo empresarial de Galicia, en el que estarán inscritas todas las áreas empresariales emplazadas en la comunidad autónoma, tanto las que tengan suelo disponible en la actualidad, como las previstas para su inmediato desarrollo y que servirá para conocer toda la oferta de suelo empresarial existente en Galicia, ya que su acceso será público.
De este modo, Galicia será una de las primeras comunidades autónomas en disponer de un censo de suelo empresarial global, exhaustivo y actualizado, con el fin de facilitar información sobre las posibilidades de asentamiento a las empresas que elijan la Comunidad gallega como centro de desarrollo de su actividad y para fomentar riqueza y empleo.
El decreto establece que será obligatoria la inscripción en el censo de todas las áreas empresariales existentes en Galicia que tengan parcelas disponibles para su comercialización. También será obligatoria la inscripción de las árelas previstas para su inmediato desarrollo. El deber comprende todas las áreas empresariales emplazadas en la Comunidad
Autónoma, independientemente de que sean promovidas por personas físicas o jurídicas, promotoras públicas o personales y con independencia de donde tengan su domicilio social los promotores.
Los datos del censo serán públicos, accesibles a través de la web del Instituto Gallego de la Vivenda e Solo, organismo encargado de su gestión. Los usuarios podrán conocer la disponibilidad de suelo empresarial en Galicia, ya que será obligatorio especificar en cada caso la oferta disponible, individualizada por parcelas identificadas con su referencia catastral, superficie y usos permitidos. Se indicará el tipo de espacio disponibles (naves, oficinas o parcelas), los usos (servicios, industriales, comerciales o logística) y la naturaleza de la operación (venta, arrendamiento con o sin opción de compra, derecho de superficie con o sin opción de compra).
Serán los promotores de las árelas empresariales los responsables de la inscripción en el censo del suelo disponible o de inmediato desarrollo, por lo que contarán con una aplicación informática en la web del IGVS que les facilitará el trabajo de proporcionar la información necesaria, detallada en el decreto que regula el censo.
Para la inscripción del suelo en el censo, los promotores dispondrán de un plazo de tres meses contados a partir de la fecha de la entrada en vigor de los correspondientes planes parciales o proyectos sectoriales. En el caso de áreas empresariales que ya estén en urbanización o en funcionamiento en el momento de entrada en vigor del decreto, el plazo para la inscripción será de seis meses desde el momento en que el decreto esté en vigor, lo que sucederá un mes después de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Los cambios que se produzcan en la situación de las parcelas inscritas, como venta o arrendamiento, deberá ser comunicado en el plazo máximo de un mes para que la información pública del censo se mantenga actualizada.
La información pública del censo de suelo empresarial estará disponible a través de la página web del Instituto Gallego de la Vivenda e Solo.
En el caso de incumplimiento del deber de inscripción en el censo de suelo empresarial de Galicia, las sanciones irán de 1.000 a 10.000 euros, segundo establece el régimen sancionador regulado por el decreto

Fecha publicacion: 
2020-10-15 11:45:00
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